Vecinos de Molina de Segura reclaman a Sercomosa una indemnización
El pasado 4 de enero, a última hora de la tarde, saltaron todas las alarmas en Molina de Segura: el agua de nuestros grifos estaba contaminada. Cinco fueron los días que duró la «recomendación» de no beber agua del grifo hasta que el día 9, se hizo público que ya era apta para el consumo humano.
Ese podría ser un buen resumen de lo sucedido, a pesar de las dudas que muchos vecinos del municipio albergaban acerca del período comprendido entre el fin de las lluvias y el día del aviso. ¿Hemos estado bebiendo agua contaminada por trihalometanos y si es así durante cuánto tiempo?. Sobre esto no tenemos respuesta pero, sí que sabemos que tras la denominada «crisis del agua», el día 10 de enero, la Alcaldesa Esther Clavero en rueda de prensa afirmó que «el Ayuntamiento de Molina de Segura y la empresa Sercomosa están estudiando fórmulas para compensar, en el recibo del agua, a los vecinos de la localidad por los inconvenientes ocasionados por la recomendación de no beber agua de la red municipal.» El día 12 de enero, se recibió en el Ayuntamiento a los trabajadores de la empresa Sercomosa para agradecerles su labor durante la crisis.
Hecha esta cronología de los acontecimientos ocurridos en aquellos días, se esperaba una acción contundente por parte de la empresa suministradora, pero la sorpresa de los vecinos ha venido dada por no reflejarse en la factura que comprende el periodo de la crisis del agua ningún tipo de indemnización, descuento, etc. Hace unos días, el vecino y bloguero Francisco Martínez Gómez, publicaba un post en el que encabeza la iniciativa junto a otros vecinos para reclamar a Sercomosa lo anunciado por la Alcaldía durante esos días. Pone a disposición de los usuarios, un escrito que han elaborado para que de forma particular o colectiva, se pueda cumplimentar y presentar en el registro del Ayuntamiento de Molina de Segura. Os recomendamos la lectura del post aunque os destacamos lo que apunta:
«Al leer el “Reglamento del suministro domiciliario de agua potable. Expediente 1.415/2007-2.609” publicado en el BORM el 13 de Noviembre de 2017 para conocer nuestros derechos y obligaciones, nos encontramos lo siguientes artículos:
Artículo 3.- Competencias
Corresponde al Ayuntamiento de Molina de Segura:
“Resolver las reclamaciones por la prestación del servicio que cualquier ciudadano pueda realizar dentro del objeto de este reglamento y siempre que sean dirigidas al Ayuntamiento de Molina de Segura.”
Por lo tanto, si tenemos una reclamación, por incumplimiento de contrato, al no haber recibido el agua potable y cobrárnosla como si lo fuera debemos dirigirnos a nuestro ayuntamiento.
En el Capítulo II
Obligaciones y derechos de la entidad suministradora y de los clientes, el artículo 10 es claro en su punto sobre la potabilidad del agua:
Potabilidad del agua: La Entidad Suministradora está obligada a garantizar la potabilidad del agua, con arreglo a las disposiciones sanitarias vigentes, hasta el límite de propiedad del cliente (válvula de registro), inicio de la instalación interior del mismo, o en su defecto la línea de fachada. Así mismo cumplirá con los requisitos del Sistema Nacional de Aguas de Consumo (SINAC).
Es evidente que no ha cumplido su parte del contrato que tiene firmado con sus clientes y por lo tanto debe resarcirlos.»
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